Comisión

El Reglamento de la Asamblea Legislativa, a partir de su Título IV, establece las Comisiones Permanentes Especiales con que cuenta el órgano legislativo. Dentro de sus atribuciones, a la Comisión Permanente Especial de Relaciones Internacionales y Comercio Exterior le corresponde dictaminar todos los tratados internacionales que sean presentados al Legislativo, por el Poder Ejecutivo. Adicionalmente está facultada como órgano de consulta para otras Comisiones y Plenario Legislativo, para relaciones internacionales.