Comisión Permanente Especial de Asuntos Internacionales Asamblea Legislativa de la República de Costa Rica
En seguimiento a las acciones realizadas por la Comisión Permanente Especial de Relaciones Internacionales y Comercio Exterior desde el día 28 de Febrero hasta el 04 de Abril de 2013, se presentan a continuación los avances en los proyectos de ley discutidos, en conformidad con la anterior entrega.
A continuación los proyectos:
En seguimiento a las acciones realizadas por la Comisión Permanente Especial de Relaciones Internacionales y Comercio Exterior desde el día 28 de Febrero hasta el 04 de Abril de 2013, se presentan a continuación los avances en los proyectos de ley discutidos, en conformidad con la anterior entrega.
A continuación los proyectos:
Expediente N° 16926. Ley de simplificación en materia de reclamaciones internacionales por actividad daños.
Este proyecto aún se encuentra en subcomisión.
Expediente N° 17948. Reforma de la Ley n° 8056, de 21 de Diciembre de 2000, para garantizar la transparencia y el derecho a la información de la ciudadanía costarricense en las negociaciones comerciales internacionales.
Este proyecto aún se encuentra en subcomisión.
Expediente N° 18255. Ley de profesionalización del servicio exterior.
Este proyecto aún se encuentra en subcomisión.
Expediente N° 18382. Aprobación de la adhesión a la convención para facilitar el acceso internacional a la justicia.
Este proyecto se encuentra aún en subcomisión.
Expediente N° 18383. Aprobación de la adhesión al convenio sobre la obtención de pruebas en el extranjero en materia civil o comercial.
Este proyecto aún se encuentra en subcomisión.
Expediente N° 18384. Aprobación de la adhesión al convenio sobre la notificación o traslado en el extranjero de documentos judiciales y extrajudiciales en materia civil o comercial.
Este proyecto todavía se encuentra en subcomisión.
EXPEDIENTE N° 18439. APROBACIÓN DEL TRATADO DE EXTRADICIÓN ENTRE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA Y LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.
Este proyecto fue incorporado a la discusión a lo interno de la Comisión el 07 de Marzo de 2013.
EXPEDIENTE N° 18484. APROBACIÓN DE LA ADHESIÓN AL CONVENIO SOBRE LA CIBERDELINCUENCIA.
Este proyecto fue incorporado a la discusión de la Comisión en la sesión ordinaria del 13 de Setiembre de 2012. El proyecto se encuentra en discusión.
Según la Cámara de Tecnologías de Información y Comunicación, con una historia de más de veinticinco años, y formalmente constituida desde 1998, el sector de tecnologías digitales aporta a las cifras del sector exportador un monto de USD$ 3.600 millones de dólares (tres mil seicientos milllones).
El sector representa un quince por ciento del Producto Interno Bruto, crece a un ritmo del doce por ciento en la exportación de bienes, y a un diecinueve por ciento en la exportación de servicios. El ocho por ciento de la población económicamente activa está empleada en este sector, alrededor de ciento ochenta mil personas.
Según ésta Cámara, el convenio busca suscribir al país a un marco jurisprudencial internacional que le demanda generar una normativa interna que regule y tipifique el tema. El convenio podría afectar el uso de la información personal contenida en bases de datos empresariales, el uso de los recursos informáticos para actividades específicas como publicaciones y afectaría la normativa vigente respecto a penas y sanciones en torno a delitos informáticos.
Por otra parte, la sección de Delitos Informáticos del Organismo de Investigación Judicial, con una trayectoria de dieciocho años, y con la labor de seguir cualquier delito que involucre algún medio tecnológico, estima que el convenio permitiría establecerse como norma a seguir en el plano nacional, y obligaría, beneficiosamente, a redactar legislación al respecto para penalizar los delitos informáticos.
En la actualidad, la obtención y custodia de las pruebas es un tema complicado para la sección. Además, se aprecia que resolver problemas de derecho penal de fondo podría resolverse con legislación interna que podría estar aún más actualizada que el convenio.
No por esto se desmerita el convenio pues ofrece una ventana de posibilidades más amplia permitiéndole al país establecer acuerdos de cooperación para tratar delitos internacionales con repercusiones locales que requiera de sanciones a través de los instrumentos de derecho apoyados por el convenio.
Sin embargo, la vigencia de sus lineamientos está desactualizada pues el convenio está en discusión desde el 2001, año en que fue puesto al conocimiento de los países por parte de la Organización de Estados Americanos (OEA).
EXPEDIENTE N° 18514. APROBACIÓN DE LAS ENMIENDAS AL ESTATUTO DE ROMA DE LA CORTE PENAL INTERNACIONAL RELATIVAS AL CRIMEN DE AGRESIÓN Y AL ARTÍCULO 8.
Este proyecto fue incorporado a la discusión de la Comisión en la sesión ordinaria del 13 de Setiembre de 2012. El proyecto se encuentra en subcomisión.
EXPEDIENTE N° 18522. APROBACIÓN DEL CONVENIO CONSTITUTIVO Y EL CONVENIO DE ADMINISTRACIÓN DEL FONDO MULTILATERAL DE INVERSIONES II, SUSCRITOS ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA Y EL BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO Y AUTORIZACIÓN A CAPITALIZAR ORGANISMOS MULTILATERALES.
Este proyecto fue incorporado a la discusión de la Comisión en la sesión ordinaria del 4 de Octubre de 2012, y fue aprobado en la sesión ordinaria del 14 de Marzo de 2013.
El Fondo Multilateral de Inversiones pertenece al Banco Interamericano de Desarrollo y se sustenta a través de las capitalizaciones de veintiséis países de América Latina y El Caribe. Hay algunos otros miembros extra regionales que aportan capital pero no solicitan créditos.
El Fondo, en adelante FOMIN, busca desarrollar la actividad del sector privado, en especial pequeñas y medianas empresas, que presenten proyectos innovadores. Más específicamente, su objetivo es ayudar a las empresas a acceder a fuentes de financiamiento y también a alcanzar nichos de mercado para colocar productos y capacidades.
Por lo general, los conceptos de cooperación tienen un carácter técnico no reembolsable. El FOMIN ha tenido dos fases. Una primera fase desarrolló el fondo desde 1992 hasta el año 2007. Posteriormente, se realizó una extensión del proyecto y por eso se encuentra en su fase 2 que se desarrolla desde el 2007 hasta la fecha.
Costa Rica aportó para la capitalización del fondo en su primera etapa un monto de USD$ 600.000 dólares (seiscientos mil dólares). Con este aporte, el país recibió apoyo en veintinueve proyectos distintos por un monto superior a los USD$ 43.000.000 dólares (cuarenta y tres millones de dólares).
Actualmente Costa Rica está recibiendo apoyo en siete proyectos nacionales que suman un monto superior a los USD$ 4.000.000 dólares (cuatro millones de dólares), seis proyectos regionales con un valor similar y se están evaluando seis proyectos más para éste año 2013 que rondarían la cifra de USD$ 3.000.000 dólares (tres millones de dólares).
La recapitalización del fondo necesita de USD$ 362.000 dólares (trescientos sesenta y dos mil dólares) para que Costa Rica cumpla con su aporte en esta segunda fase.
EXPEDIENTE N° 18553. QUINTA ENMIENDA AL CONVENIO CONSTITUTIVO DEL FONDO MONETARIO INTERNACIONAL.
Este proyecto fue incorporado a la discusión a lo interno de la Comisión en la sesión ordinaria del 08 de Noviembre de 2012, y se encuentra en consulta.
EXPEDIENTE N° 18588. APROBACIÓN DEL ACUERDO SOBRE EL ESTABLECIMIENTO DEL GLOBAL GREEN GROWTH INSTITUTE.
Este proyecto fue incorporado a la discusión de la Comisión en la sesión ordinaria del 24 de Enero de 2012. El proyecto se encuentra en consulta.
Notas al lector
-Este informe está basado en las actas de las sesiones ordinarias de la Comisión Permanente Especial de Relaciones Internacionales y Comercio Exterior de la Asamblea Legislativa de la República de Costa Rica. Disponible en: http://www.asamblea.go.cr