Accionar del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas (enero-febrero 2016)

Accionar del Consejo

En el período bajo estudio, el Consejo de Seguridad celebró 38 sesiones. La agenda temática estuvo orientada principalmente a atender aquellos asuntos relacionados con la paz y la seguridad internacionales en el África (42,1%), Oriente Medio (26,3%) y Europa (10,5%). En esta ocasión, los temas más vistos fueron la situación en Oriente Medio, Sudán y Sudán del Sur, y la cuestión en la República Centroafricana. En conjunto, para estas tres temáticas, se efectuaron catorce reuniones (36,8% del total) y se adoptaron cinco resoluciones (gráfico 1).

Gráfico 1

Sesiones y resoluciones, por tema

 

Fuente: Elaboración propia con datos del Consejo de Seguridad de la ONU, 2016.

Para tratar los asuntos relativos a Oriente Medio, el Consejo efectuó siete reuniones y adoptó dos resoluciones. En la primera (S/RES/2266 (2016)), actuando en virtud del capítulo VII de la Carta de las Naciones Unidas, se reafirmó la necesidad de que se lleve a cabo de manera plena y oportuna la transición política tras la celebración de la Conferencia de Diálogo Nacional amplio, en consonancia con la Iniciativa del Consejo de Cooperación del Golfo y su mecanismo de ejecución. Al mismo tiempo, se prorrogaron las medidas y se reafirmaron las disposiciones impuestas en la resolución 2140 (2014) relativas al congelamiento de fondos, activos financieros y recursos económicos; pagos y prohibiciones de viajes. En tal sentido, se exhortó a todos los Estados miembros -que aún no lo hayan hecho- a informar al Comité de Expertos sobre las acciones que hayan adoptado para aplicar efectivamente las medidas impuestas en las resoluciones 2140 (2014) y 2216 (2015). Además, se instó a todas las partes y a los Estados miembros, así como a las organizaciones internacionales, regionales y subregionales, a que cooperen con el Grupo de Expertos.

Por otra parte, mediante la resolución 2268 (2016), los miembros del Consejo hicieron suya la Declaración Conjunta de los Estados Unidos y la Federación de Rusia sobre la Cesación de las Hostilidades en Siria, del 22 de febrero de 2016, y las Condiciones para la Cesación de las Hostilidades adjuntas a la Declaración. Además, se exigió la aplicación plena e inmediata de la resolución 2254 (2015) para facilitar una transición política dirigida por Siria, y que Siria considere propia, de conformidad con el comunicado de Ginebra según se establece en las Declaraciones del Grupo Internacional de Apoyo a Siria, con objeto de poner fin al conflicto. Asimismo, se reafirmó el apoyo a un proceso político dirigido por los sirios y facilitado por las Naciones Unidas, y se solicitó al Secretario General que, mediante sus buenos oficios y las gestiones de su Enviado Especial para Siria, se reanuden las negociaciones oficiales entre los representantes del Gobierno sirio y la oposición.

En lo que concierne a Sudán y Sudán del Sur, los quince Estados miembros del Consejo reiteraron su apoyo a las actividades de la Operación Híbrida de la Unión Africana y las Naciones Unidas en Darfur (UNAMID), el Secretario General de las Naciones Unidas, el Grupo de Alto Nivel de la Unión Africana Encargado de la Aplicación de las Recomendaciones para el Sudán (GANUA), el Representante Especial Conjunto y los dirigentes de la región para promover la paz y la estabilidad en Darfur. También, expresaron su preocupación por la posibilidad de que el suministro, la venta o la transferencia, de forma directa o indirecta, al Sudán de asistencia y apoyo técnicos, incluida la capacitación, la asistencia financiera o de otro tipo y el suministro de piezas de repuesto, sistemas de armas y material conexo, puedan ser utilizados por el Gobierno del Sudán para prestar apoyo a aeronaves militares que se estén utilizando contraviniendo las resoluciones 1556 (2004) y 1591 (2005). Adicionalmente, se exhortó al Gobierno del Sudán a abordar el tráfico ilícito, la acumulación desestabilizadora y el uso indebido de armas pequeñas y armas ligeras en Darfur, que también contribuyen a la inestabilidad de la región, y, además, a que vele por la seguridad y la eficacia en la gestión, el almacenamiento y la protección de sus arsenales de armas pequeñas y armas ligeras.

En relación a la situación en la República Centroafricana, el Consejo adoptó – por unanimidad- las resolución S/RES/2262 (2016) mediante la cual, entre otras cosas, decidió que, hasta el 31 de enero de 2017, todos los Estados Miembros sigan adoptando las medidas necesarias para impedir el suministro, la venta o la transferencia, directos o indirectos, a la República Centroafricana de armamentos y materiales conexos de cualquier tipo, incluidas armas y municiones, vehículos y equipo militares, equipo paramilitar y piezas de repuesto para todo ello, así como de asistencia técnica, adiestramiento y asistencia financiera y de otro tipo. Además, con la aprobación de la resolución 2264 (2014), actuando en virtud del Capítulo VII de la Carta de las Naciones Unidas, decidió que la Misión Multidimensional Integrada de Estabilización de las Naciones Unidas en la República Centroafricana (MINUSCA) estará integrada por un máximo de 10.750 efectivos militares, incluidos 480 observadores militares y oficiales de Estado Mayor; 2.080 efectivos de policía, incluidos 400 agentes de policía; y 108 funcionarios de prisiones, lo cual supone 68 funcionarios de prisiones adicionales.

En resumen, el Consejo de Seguridad aprobó un total de diez resoluciones, cuatro en enero y seis en el mes de febrero, las cuales fueron:

  • S/RES/2260 (2015): La situación en Costa de Marfil
  • S/RES/2261 (2015): Cartas idénticas de fecha 19 de enero de 2016 dirigidas al Secretario General y al Presidente del Consejo de Seguridad por la Representante Permanente de Colombia ante las Naciones Unidas (S/2016/53)
  • S/RES/2262 (2015): La situación en República Centroafricana
  • S/RES/2263 (2015): La situación en Chipre
  • S/RES/2264 (2015): La situación en República Centroafricana
  • S/RES/2265 (2015): Informe del Secretario General - Sudán y Sudán del Sur
  • S/RES/2266 (2015): La situación en el Medio Oriente
  • S/RES/2267 (2015): La situación en Guinea-Bissau
  • S/RES/2268 (2015): La situación en el Oriente Medio
  • S/RES/2269 (2015): Tribunal internacional - Yugoslavia y Ruanda

En cuanto al tipo de sesión, un 68,5%% fueron informativas, un 18,4% de adopción y un 13,2% de debate. En relación a lo adopción de medidas, en el 71,1% de las reuniones no se tomaron acciones de ningún tipo. Es decir, no se presentaron proyectos de resolución ni declaraciones por parte de la presidencia. 

Cuadro 1

Tipo de sesión y productos, enero-febrero, 2016

Tipo de Sesión

Enero

Febrero

Producto

Enero

Febrero

Adopción

4

3

Comunicado

1

0

Debate

2

3

Declaración

0

0

Información

10

15

Resolución

4

6

Privada

1

0

Sin acción

12

15

Fuente: elaboración propia con datos del Consejo de Seguridad, 2016.

Principales temas de debate

En los meses de enero y febrero el Consejo realizó cinco sesiones de debate. Para ninguno de los asuntos tratados se tomaron medidas, tampoco se emitieron declaraciones. Es importante mencionar que, en todas las reuniones efectuadas, se registró la intervención de Uruguay y Venezuela, en su calidad de representantes del Grupo de América Latina y el Caribe (GRULAC). En esta ocasión interesa, destacar, las posiciones y opiniones que se externaron por parte de los cinco miembros permanentes y los dos latinoamericanos en relación a la situación en el Medio Oriente, incluida la cuestión Palestina y las cuestiones generales relativas a las sanciones.

La situación en el Medio Oriente

Dos cuestiones, en relación al Medio Oriente, ocuparon la atención de los cinco miembros permanentes del Consejo: el conflicto entre Israel y Palestina, y la situación en Siria. En cuanto al primero, los Estados instaron a la comunidad internacional a adoptar medidas más contundentes y a realizar esfuerzos para reactivar políticamente el proceso de paz e inducir a ambas partes (Israel y Palestina) a volver a la mesa de negociación. Asimismo, manifestaron que, para evitar una nueva crisis aguda en relación con la Franja de Gaza, se deben abordar dos tareas: extender el control de las autoridades centrales de Palestina a la Franja de Gaza y asegurar la estabilidad en torno a ese territorio.

En lo que concierne a Siria, se reconoció como una condición necesaria para alcanzar la paz y la estabilidad, centrar los debates en lo correspondiente a la transición política, de conformidad con los términos acordados en el comunicado de Ginebra. Al respecto, Francia apuntó que “no se trata de construir un pseudo-gobierno de unión nacional, sino de crear un órgano de transición gubernamental dotado de plenos poderes ejecutivos que pueda ofrecer a Siria perspectivas de reconciliación”.

Por su parte, Venezuela declaró –en relación al conflicto entre Israel y Palestina- que “la potencia ocupante –refiriéndose a Israel- ignora abiertamente y sin temor de las consecuencias los continuos llamados de la comunidad internacional para poner fin a sus actuaciones ilegales, aprovechando la inacción del Consejo de Seguridad y su reticencia a asumir su responsabilidad de señalar a Israel como un Estado que ha incurrido en crímenes de guerra y ha mantenido ocupados territorios del Estado de Palestina en contravención de las resoluciones del Consejo y la Asamblea General”.

Mientras que Uruguay señaló que, además de las dificultades para retomar el diálogo, así como las dificultades para alcanzar una salida pacífica y consensuada al conflicto entre Israel y Palestina, resulta indispensable “establecer y fortalecer las instituciones nacionales y crear la infraestructura básica para asegurar la viabilidad del Estado palestino (…) a lo que se suman los desafíos que representan las prácticas terroristas que se llevan a cabo en Palestina”. 

Cuestiones generales relativas a las sanciones

El Consejo realizó, bajo la presidencia de la República Bolivariana de Venezuela, una sesión para debatir sobre los métodos de trabajo de los órganos subsidiarios del Consejo de Seguridad, en particular los comités de sanciones. Sobre el particular, los miembros permanentes reconocieron que –con dieciséis regímenes activos- las sanciones se han convertido en un instrumento fundamental a disposición del Consejo de Seguridad. “Es un instrumento que ha demostrado su eficacia”. En tal sentido, destacaron los casos de Sudáfrica e Irán. En relación al primero, la presión ejercida por la comunidad internacional a través del régimen de sanciones establecido en 1977 llevó gradualmente a ese país a poner fin al apartheid, lo que permitió el levantamiento de las sanciones en 1994. En cuanto a Irán, con cinco resoluciones aprobadas por el Consejo, la comunidad internacional expresó su profunda preocupación por el programa nuclear iraní. Diez años después de que el Consejo de Seguridad se ocupara de esta cuestión, se levantó el régimen de sanciones tras el cumplimiento por el Irán de sus compromisos contraídos de conformidad con el acuerdo de Viena.

Pese a lo anterior, los Estados reconocieron que el Consejo debe mejorar constantemente sus procedimientos, elevar su eficiencia, aumentar su pertinencia y transparencia y aplicar mejor el mandato que se le confiere en la Carta. Al mismo tiempo se reconoció que recientemente se han obtenido progresos para mejorar los métodos de trabajo del Consejo. En tal sentido, se ha concedido importancia a la mejora de la transparencia en la labor del Consejo, y se ha registrado un marcado aumento del número de sesiones públicas y sesiones informativas. Además, en diversos formatos, el Consejo ha aumentado su interacción con el conjunto de los Estados Miembros de la Organización, las organizaciones regionales, la Asamblea General, el Consejo Económico y Social y otros órganos.

En línea con lo anterior, Uruguay, como integrante del Grupo para la Rendición de Cuentas, la Coherencia y la Transparencia, reconoció la importancia de la rendición de cuentas, la coherencia y la transparencia para la mejora de los métodos de trabajo del Consejo de Seguridad, incluidos sus órganos subsidiarios. Por lo tanto, el Uruguay apoya el empleo flexible de herramientas metodológicas, que favorezcan un mayor involucramiento de la membresía de las Naciones Unidas, el conocimiento de los temas tratados y los cursos de acción decididos por el Consejo de Seguridad. En tal sentido, propuso utilizar formatos de discusión más abiertos para debatir los temas de la agenda del Consejo de Seguridad y concentrar las consultas en verdaderos intercambios orientados a la acción.

Venezuela, por su parte, hizo énfasis en la necesidad de definir con claridad el criterio para determinar la eficacia o no de los comités de sanciones, así como de definir qué significa que un comité sea eficaz o no. Este país considera además que, las sanciones no pueden ser una medida permanente contra los países, deben cumplir un objetivo, que debe ser discutido en la máxima instancia política, que es el Consejo de Seguridad.

Recuadro 1

Participación de Costa Rica en debates abiertos del Consejo de Seguridad

Si bien Costa Rica no forma parte de los diez miembros no permanentes que integran el Consejo de Seguridad, como miembro pleno de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) participa –sin derecho a voto- de los debates abiertos que realiza el Consejo para discutir aquellas cuestiones llevadas ante este órgano y, en aquellas ocasiones en las que sus intereses puedan verse afectados.

En el primer bimestre del 2016, destaca la participación del país en dos de los debates que celebró el Consejo (ambos durante el mes de febrero). En el primero de ellos, relativo al mantenimiento de la paz y la seguridad internacionales, los representantes permanentes de Costa Rica, en la ONU, hicieron énfasis en la importancia de aunar esfuerzos con miras a avanzar en el reconocimiento, el desarrollo e implementación práctica por parte de la Organización del principio de no intervención y de la responsabilidad de proteger. En relación con este último, se reconoció que “este principio no es irrestricto, no solo en situaciones que llamen a la aplicación del Capítulo VII de la Carta, sino también teniendo en cuenta que los Estados deben ser responsables y garantes de la seguridad y bienestar de sus ciudadanos”, al tiempo que se reconoció que “en caso que los Estados carezcan de las capacidades suficientes para ejercer su responsabilidad de protección, la actuación de la comunidad internacional es primordial”.

En este tema, la posición del país se enmarca en el enfoque dominante: la aceptación y validación de que incumbe al Estado la responsabilidad de proteger a sus habitantes en situaciones de genocidio, guerra, crímenes de lesa humanidad, por ejemplo, y a la comunidad internacional de utilizar medios diplomáticos, humanitarios y otras herramientas apropiadas para proteger a las poblaciones de esos crímenes.

Por último, se recalcó que ante el panorama tan complejo que enfrenta la comunidad internacional de nuevos conflictos y crisis humanitarias sin precedentes, se deben utilizar los mecanismos existentes, como los de alerta temprana, y nuevos principios, como el de la responsabilidad de proteger, de forma tal que puedan actuar en forma preventiva para salvaguardar la paz y la seguridad internacionales, y los derechos humanos.

En su segunda intervención, referente a la consolidación de la paz después de los conflictos, Costa Rica, fiel a la promoción de los valores tradicionales que orientan su política exterior, defendió que “el mantenimiento y la consolidación de la paz se logran necesariamente a través de la promoción de una cultura de paz, para lo cual resulta fundamental invertir recursos orientados a una construcción y reflexión –constante- de la paz. En este sentido, se hizo énfasis en la importancia de promover sociedades pacíficas e inclusivas para el desarrollo sostenible, facilitar el acceso a la justicia para todos y crear instituciones eficaces, responsable e inclusivas a todos los niveles, objetivo 16 de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, tanto a nivel nacional como internacional mediante el fortalecimiento de la democracia, de los derechos humanos, la promoción y el respeto del estado de derecho.

Fuente: Elaboración propia con datos del Consejo de Seguridad de la ONU, 2016.

Referencias

Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas. 2016. Sitio oficial, en http://www.un.org/es/sc/. Washington, Organización de las Naciones Unidas.

ONU. 2016. Sitio oficial, en http://www.un.org/spanish/terrorism/index.shtml. Washington, Organización de las Naciones Unidas.