Accionar del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas (mayo-junio 2015)

Accionar del Consejo

En los meses de mayo y junio el Consejo de Seguridad realizó un total de 44 sesiones. Un 43,2% estuvieron destinadas a tratar asuntos relacionados con el continente africano, un 36,4% a estudiar temas de índole global, un 11,4% a evaluar los acontecimientos en Oriente Medio (incluida Palestina) y un 4,5%, en cada caso, a atender cuestiones en Asia y Europa (gráfico 1).

En el periodo bajo estudio los dos tópicos más vistos fueron la situación en Sudán y Sudán del Sur y la cuestión en Oriente Medio. Un 25% de las reuniones celebradas por el Consejo fueron para atender aspectos relacionados con estas temáticas. En conjunto para estos contenidos se adoptaron tres resoluciones, aunque el 63,6% de las sesiones fueron de tipo informativo y, en más del 60% de estas no se adoptaron medidas sobre el particular ni se establecieron ningún tipo de disposiciones.

Gráfico 1

Número de sesiones efectuadas por continente

Fuente: elaboración propia con datos de la ONU, 2015.

En el primer caso, la situación en Sudán y Sudán del Sur, los miembros del Consejo, de manera unánime, adoptaron la resolución S/RES/2223 (2015) en la cual, entre otras cosas, solicitaron que la Misión de Asistencia de las Naciones Unidas en la República de Sudán del Sur (UNMISS por su sigla en inglés) continúe asegurando el pleno cumplimiento de la política de tolerancia cero de las Naciones Unidas frente a la explotación y los abusos sexuales, y se instó a los países que aportan contingentes y fuerzas de policía a que adopten las medidas preventivas apropiadas, incluida la concienciación previa al despliegue, y a que aseguren la plena rendición de cuentas en los casos de ese tipo de conducta en que esté involucrado su personal.

Además se exigió que todas las partes permitan, de conformidad con las disposiciones pertinentes del derecho internacional y los principios rectores de la asistencia humanitaria de las Naciones Unidas, el acceso rápido, seguro y sin trabas del personal, el equipo y los suministros de socorro a todas las personas necesitadas y la entrega oportuna de la asistencia humanitaria, en particular a los desplazados internos y los refugiados, y se destacó que cualquier regreso de desplazados internos o refugiados, o solución duradera de otra índole debe llevarse a cabo de manera voluntaria e informada, con dignidad y en condiciones de seguridad.

Por otro lado, en relación a la resolución S/RES/2228 (2015) el Consejo en virtud de lo establecido en el capítulo VII de la Carta de las Naciones Unidas, fue enfático al señalar que la Operación Híbrida de la Unión Africana y las Naciones Unidas en Darfur (UNAMID por su sigla en inglés) tiene el mandato, definido en la resolución 1769 (2007) de desempeñar las tareas fundamentales de proteger a los civiles, sin perjuicio de la responsabilidad primordial del Gobierno del Sudán, garantizar la libertad de circulación, la seguridad de su propio personal y de los trabajadores humanitarios. Al mismo tiempo condenó la impunidad de que siguen gozando quienes atacan al personal de mantenimiento de la paz, e instó al Gobierno del Sudán a que haga lo posible para que todos los autores de esos crímenes comparezcan ante la justicia y a que coopere con la UNAMID para tal fin.

Finalmente, se reafirmó la relevancia del Documento de Doha para la Paz de 2011 como base sólida para la solución del problema en Darfur, y se exhortó al Gobierno del Sudán y a todos los grupos armados a que cooperen plenamente con la UNAMID, que trata de llevar a cabo la labor difícil e importante de proteger a los civiles con el telón de fondo de un deterioro grave de la situación de seguridad sobre el terreno.

En cuanto a la situación en el Oriente Medio, a través de la resolución S/RES/2229 (2015) el Consejo destacó, en relación a Siria, la obligación que tienen las partes de respetar plenamente lo dispuesto en el Acuerdo sobre la Separación de las Fuerzas de 1974, y exhortó a estas a que actúen con la máxima moderación e impidan toda violación del alto el fuego y de la zona de separación, y recalcó que en la zona de separación no debe haber actividad militar de ningún tipo, incluidas operaciones militares de las Fuerzas Armadas Árabes Sirias.

Además, se exhortó a todas las partes a que cooperen plenamente con las operaciones de la Fuerza de las Naciones Unidas de Observación de la Separación (FNUOS por su sigla en inglés), respeten sus prerrogativas e inmunidades y aseguren su libertad de circulación, así como la seguridad y el acceso irrestricto e inmediato del personal de las Naciones Unidas que ejecuta su mandato, incluida la entrega sin trabas del equipo de la FNUOS y la utilización temporal de otros puertos de entrada y salida, según sea necesario, para que las actividades de rotación y reabastecimiento de los contingentes se desarrollen en condiciones de seguridad, de conformidad con los acuerdos existentes.

Por último, se decidió prorrogar el mandato de la Fuerza de las Naciones Unidas de Observación de la Separación por un período de seis meses, es decir, hasta el 31 de diciembre de 2015 (cuadro 1), y se solicitó al Secretario General velar por que la FNUOS disponga de la capacidad y los recursos necesarios para cumplir el mandato de manera segura.

Cuadro 1

Prórrogas a los mandatos de las misiones de asistencia de las Naciones Unidas. Mayo-junio.

Misión

Prórroga

Misión de Asistencia de las Naciones Unidas en Somalia (UNSOM)

Hasta el 7 de agosto de 2015

Misión de Asistencia de las Naciones Unidas en la República de Sudán del Sur (UNMISS)

Hasta el 30 de noviembre de 2015

Operación de Naciones Unidas en Costa de Marfil (ONUCI)

Hasta el 30 de junio de 2016

Misión Multidimensional Integrada de Estabilización de las Naciones Unidas en Malí (MINUSMA)

Hasta el 30 de junio de 2016

Operación Híbrida de la Unión Africana y las Naciones Unidas en Darfur (UNAMID)

Hasta el 30 de junio de 2016

Fuerza de las Naciones Unidas de Observación de la Separación (FNUOS)

Hasta el 31 de diciembre de 2015.

Fuente: Elaboración propia con datos de la ONU, 2015.

En resumen, el Consejo de Seguridad aprobó un total de diez resoluciones, cuatro en el mes de mayo y seis en junio, las cuales fueron:

  • S/RES/2220 (2015): Las armas pequeñas
  • S/RES/2221 (2015): La situación en Somalia
  • S/RES/2222 (2015): La protección de los civiles en los conflictos armados
  • S/RES/2223 (2015): Informe del Secretario General - Sudán y Sudán del Sur
  • S/RES/2224 (2015): No proliferación
  • S/RES/2225 (2015): Los niños y los conflictos armados
  • S/RES/2226 (2015): La situación en Costa de Marfil
  • S/RES/2227 (2015): La situación en Malí
  • S/RES/2228 (2015): Informe del Secretario General - Sudán y Sudán del Sur
  • S/RES/2229 (2015): La situación en el Oriente Medio

En total se aprobaron dos declaraciones:

  • S/PRST/2015/11: Amenazas a la paz y a la seguridad internacionales causada por actos terroristas
  • S/PRST/2015/12: La región de África Central

En cuanto al tipo de sesión, un 61,4% fueron de tipo informativo, un 22,7% de adopción, un 11,4% privadas y un 4,5% de debate. En relación a lo adopción de medidas, en el 61,4% de las reuniones no se tomaron acciones de ningún tipo (cuadro 2). Es decir, no se presentaron proyectos de resolución ni declaraciones por parte de la presidencia. 

Cuadro 2

Tipo de sesión y productos, mayo-junio, 2015

Tipo de Sesión

Mayo

Junio

Producto

Mayo

Junio

Adopción

4

6

Comunicado

1

4

Debate

2

0

Declaración

1

1  

Información

11

16

Resolución

4

6

Privada

4

Sin acción

12

 

Fuente: elaboración propia con datos de la ONU, 2015.

Principales temas de debate

En los meses bajo estudio, el Consejo celebró dos sesiones de debate en las cuales se discutieron la situación en Bosnia y Herzegovina y lo relacionado a las armas pequeñas. Para el primer tema no se tomaron medidas. En el segundo caso se adoptó, con tres abstenciones, la resolución S/RES/2220 (2015).

La situación en Bosnia y Herzegovina

Durante la sesión se confirmó que la situación en Bosnia y Herzegovina se mantiene estable, y se destacó el avance, por parte de las autoridades, en el registro de tres propiedades en la Federación de Bosnia y Herzegovina en el registro de la propiedad de defensa, una de las condiciones para poner fin a la supervisión internacional. Además, se reconoció la importancia de ampliar la fuerza de paz Althea dirigida por la Unión Europea con miras a mantener la estabilidad de Bosnia y Herzegovina en el contexto de la aplicación del Acuerdo de Paz de Dayton.

Si bien países como Estados Unidos, Francia y el Reino Unido de Gran Bretaña del Norte e Irlanda acogieron con beneplácito la decisión, del 21 de abril del Consejo de Asuntos Exteriores de la Unión Europea, en la que se concierta el Acuerdo de Estabilización y Asociación de la Unión Europea con Bosnia y Herzegovina al indicar que en el marco de la iniciativa de la Unión Europea “pueden encontrar consenso, tener éxito y emprender una verdadera reforma y dejar de lado sus diferencias en pro del interés superior del crecimiento económico, la estabilidad y la prosperidad”; otros Estados como la Federación Rusa manifestaron su oposición a que “se utilice la presencia internacional como instrumento para la integración acelerada del país en la Unión Europea y en la Organización del Tratado del Atlántico Norte (OTAN)”. Por su parte, la República Popular China manifestó que “el país tiene el derecho soberano de elegir su propio camino hacia el desarrollo y su propia política exterior”.

Chile y Venezuela, en su calidad de representantes de América Latina y el Caribe en el Consejo de Seguridad, reconocieron la labor del Alto Representante en sus esfuerzos para fortalecer el estado de derecho, dar seguimiento al cumplimiento de los fallos del Tribunal Internacional para la ex-Yugoslavia y facilitar las reformas orientadas a garantizar condiciones que permitan el funcionamiento de las instituciones, la estabilidad y la prosperidad social en Bosnia y Herzegovina. Y reiteraron que “el apego irrestricto al derecho internacional expresado en la no intervención, el respeto a la soberanía, la integridad territorial, la unidad y la independencia política de los Estados, y la solución pacífica de las controversias es elemento fundamental para el mantenimiento de la paz y la seguridad internacionales”.

Las armas pequeñas

Los miembros permanentes del Consejo, después de la aprobación de la resolución S/RES/2220 (2015), con las abstenciones por parte de la República Popular China, la Federación Rusa y la república Bolivariana de Venezuela, manifestaron su oposición al tráfico ilícito de armas pequeñas y armas ligeras, y recalcaron la necesidad de adoptar un enfoque responsable y prudente respecto de la exportación de ese tipo de armas, ateniéndose estrictamente a los principios de no socavar la paz y la estabilidad regionales o de interferir en los asuntos internos de los países receptores. Además insistieron en la importancia de establecer un tratado exigente e innovador que, en primer lugar, imponga una nueva norma mundial en materia de comercio de armas convencionales, incluidas sus municiones; en segundo lugar , comprometa, por primera vez, la responsabilidad de los Estados exportadores; y, en tercer lugar, asigne un papel primordial a los derechos humanos y el derecho internacional humanitario al prohibir la exportación de todo tipo de armas cuando existe el riesgo de genocidio o de crimen de lesa humanidad.

Rusia manifestó que “el proyecto de resolución contiene varias innovaciones sustantivas que infringen la soberanía de los Estados, en particular el intento de elaborar una especie de modelo para una ampliación futura de los mandatos de las misiones de mantenimiento de la paz y las misiones políticas de las Naciones Unidas en materia de control de armas pequeñas y armas ligeras, aunque la responsabilidad principal por el cumplimiento de estas funciones en los territorios nacionales incumbe a los Gobiernos de los Estados correspondientes”.

Venezuela declaró que “la intervención militar, la guerra y el colapso de las instituciones en el Iraq y Libia, así como la escalada del conflicto en Siria, son los factores fundamentales que ocasionaron ese incremento vertiginoso del tráfico y el flujo de armas pequeñas y armas ligeras en toda la región. También manifiesta que quienes suministran armas pequeñas y armas ligeras a actores no estatales -llámense estos milicias u oposiciones democráticas en países en conflicto, en guerra o en procesos de desestabilización política, con el nombre o la motivación que sea, en sociedades agobiadas por la pobreza, la desigualdad, la exclusión y las diversas formas de discriminación social- están alimentando los conflictos y creando las condiciones para una expansión impensable de la violencia, el sufrimiento y la muerte, como lamentablemente ocurre hoy día en muchos países hermanos del Oriente Medio y África del Norte”.

Por su parte, Chile señaló que “no se debe olvidar que en situaciones de conflicto, la mayoría de las muertes son producto del uso de armas pequeñas y armas ligeras, que, a su vez, constituyen una seria amenaza para la paz y estabilidad en las sociedades en situaciones previas y posteriores a un conflicto, además recalcó que esta materia cruza todos los temas del orden del día del Consejo, por lo tanto, el desvío de armas a actores no estatales o usuarios no autorizados, a menudo vinculados a agrupaciones terroristas y sus redes de apoyo -que reclutan y usan niños-, la explotación ilegal de recursos naturales, la delincuencia transnacional organizada y el narcotráfico, entre otros , impactan negativamente a la población civil de todas las regiones.

Referencias

Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas. 2015. Sitio oficial, en http://www.un.org/es/sc/. Washington, Organización de las Naciones Unidas.

ONU. 2015. Sitio oficial, en http://www.un.org/spanish/terrorism/index.shtml. Washington, Organización de las Naciones Unidas.