Análisis semanal 400: Una mirada al aborto en El Salvador: a través de los ojos de Sara Rogel (28 de junio de 2021)

Año: 
2021

 

América Latina y el Caribe es una de las zonas que poseen las leyes más restrictivas sobre el aborto a nivel mundial. El Salvador es un país centroamericano que se ha caracterizado en esta materia por prohibir cualquier tipo de aborto -aún en casos de peligro de la vida de la mujer- y por penalizar fuertemente a aquellas mujeres que se realizan un aborto o, en el peor de los casos, por abortos espontáneos. Sara Rogel es una de las muchas mujeres que han sido encarceladas en El Salvador por haber tenido un aborto espontáneo. La joven de 18 años fue encarcelada en octubre de 2012 acusada de homicidio calificado luego de haber tenido una fuerte caída en su casa que le ocasionó la pérdida de su hija de 8 meses de gestación. Rogel quedó inconsciente, y cuando despertó fue sentenciada a 30 años de prisión.

El pasado 31 de mayo, el juzgado segundo de vigilancia penitenciaria de la localidad de Cojutepeque, realizó una audiencia de solicitud de libertad condicional anticipada en la que se falló a favor de Sara Rogel, y le otorgó libertad condicional [1]. "Fue un accidente que dio vuelta a mi vida. Yo amaba a mi bebé y por una caída terminé en la cárcel”[2] esas fueron las palabras de Sara luego de haber quedado en libertad condicional. Estuvo 9 años en prisión por un accidente, que no fue investigado, ni se le permitió presentar pruebas de los hechos, todo como consecuencia de la legislación tan punitiva que tiene el país sobre el aborto. Además, dijo que la lucha por los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres es una gran deuda del Estado salvadoreño, y que se debe hacer justicia a sus compañeras de prisión que han tenido que pasar por sentencias inconsistentes por abortos espontáneos.

De acuerdo con Anabella Menjívar, consultora de IPAS para Centroamérica y México, el personal médico en El Salvador actúa con miedo en estos casos, debido a que muchas veces no pueden acudir a su saber médico-científico, por miedo a las represalias penales sobre el tema, así como el desprestigio profesional y social. [3] Es importante rescatar que el aborto ha tenido una connotación histórica peyorativa, las mujeres que deciden abortar, o tienen complicaciones durante su embarazo, siguen siendo calificadas como asesinas, robándoles sus identidades, sus vidas y sentenciándolas no solo penalmente, sino también a nivel social con la promulgación de estigmas y estereotipos entorno a este tema.

Las maternidades se han colocado en un punto importante dentro de las movilizaciones feministas, quienes siguen luchando porque ninguna mujer tenga que ser sentenciada por un aborto o por un accidente que le ocasiones la pérdida de su bebé. Resulta importante reconocer los patrones de violencia que se promulgan desde el aparato estatal para ellas, tanto por sentenciarlas, como por negarles el derecho a un servicio de salud básico y de calidad.

Manuela y otras VS El Salvador

En 2008 Manuela, una mujer de 31 años, que vivía en una zona rural al este de El Salvador, tuvo una complicación médica cuando se encontraba en el tercer mes de embarazo. Ella no sabía de su embarazo, y tras un fuerte dolor abdominal, fue a la letrina de su casa, donde el feto salió expulsado y Manuela quedó inconsciente. Cuando despertó en el Hospital, fue condenada a 30 años de prisión por homicidio agravado. Años después, Manuela murió en la cárcel consecuencia de cáncer linfático. “Ese mismo cáncer, por el que Manuela ya había hecho consultas por indicios en 2007 y no le fue diagnosticado correctamente, habría sido la causa de su emergencia obstétrica, según las organizaciones que llevaron su caso ante el ente de la Organización de Estados Americanos (OEA).”[4]

Desde el momento en que ingresó a prisión, Manuela no volvió a ver a sus dos hijos ni a su familia. En una rueda de prensa previa a la audiencia, Santos de Jesús, de 21 años, el hijo mayor de Manuela se manifestó ante lo sucedido:

Mi mamá fue penada a 30 años. A mi abuelo lo hicieron firmar un documento cuando él no sabe leer ni escribir y no sabía qué firmaba y que la incriminaba. A mi abuela la amenazaron con meterla presa. Nos dejaron huérfanos a mi hermano y a mí. A mi mamá le pegó una pena moral y se murió. (…) Nosotros no queremos que esto le pase a otra mujer.[5]

Ante estas circunstancias, diversas organizaciones de derechos humanos antepusieron una demanda al Estado por los hechos ocurridos ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). En 2019, la CIDH manifestó que el "Estado salvadoreño es responsable por la violación estructural y sistemática de los derechos a la vida, libertad personal, garantías judiciales, vida privada, igualdad ante la ley, protección judicial y derecho a la salud."[6]

Una de las partes de este proceso fue la Agrupación Ciudadana por la Despenalización del Aborto Terapéutico Ético y Eugenésico. Su coordinadora ha aclarado que hay aproximadamente 181 mujeres que han pasado por situaciones similares a las de Manuela, y a pesar de que no todas han sido penalizadas a 30 años de prisión, si han sido denunciadas dentro de los hospitales, algunas por aborto y otras por homicidio agravado. [7]

En marzo de 2021, se llevaron a cabo las audiencias del caso, y las resoluciones serán dadas en los próximos meses. Por lo que, este resultado será un primer paso para el avance de los derechos de las mujeres, así como una forma de hacer justicia ante la violencia ejercida hacia Manuela, Sara y otras mujeres que han sufrido dichas legislaciones.

Mortalidad materna en El Salvador

El Estado salvadoreño viola los derechos de las mujeres por la escasa capacidad de atender complicaciones de todo tipo durante la gestación. Posee una institucionalidad que trabaja en paralelo con la legislación estrictamente punitiva del aborto, que no solo penaliza a las mujeres que abortan -voluntaria o involuntariamente- sino a aquellas mujeres embarazadas a las que se les niega atención médica. 

Durante el 2020 aumentaron las muertes maternas, con un total de 24 mujeres fallecidas por complicaciones durante el embarazo, entre las causas figura la eclampsia[8], hemorragia cerebral, COVID-19, entre otros. De estas muertes maternas, el 54% de ellas fueron en sectores rurales, y la mayoría de ellas adolescentes de 14 a 19 años[9]. Estos datos demuestran que la violencia estatal sobre el cuerpo de las mujeres no se da únicamente al enjuiciarlas por abortos espontáneos, sino que, muchas de ellas mueren por complicaciones médicas que pudieran ser evitadas si se les diera la atención correspondiente.

En el caso de eclampsia, la OMS[10] ha declarado una serie de recomendaciones a los Estados latinoamericanos para la atención de este padecimiento, ya que se registra que una décima parte de las muertes maternas en la región se deben a este padecimiento. En algunos países se ha dejado de tomar como consecuencia inmediata de la mortalidad materna, debido a que, se ha cumplido con protocolos médicos que han disminuido los casos.

Según la doctora Marian Rojas Campos (2015) “el manejo más óptimo para una paciente con convulsiones eclámpticas debe de ser dado en un Hospital nivel II o III, con adecuadas instalaciones y por supuesto con unidad de cuidados intensivos neonatales y obstétricos con personal capacitado para estas gestantes.”[11]

Se ha comprobado que, si los Estados dieran asistencia médica segura y oportuna a tiempo, estas muertes podrían ser evitadas. Cada país debe abordar políticas basadas en conocimientos científicos válidos, de acuerdo con el contexto de la región y del sistema de salud. Además, debe asegurarse de brindar un servicio paralelo en zonas urbanas y rurales por igual, esto con el fin de evitar ese sesgo de atención entre centro-periferia.

Sin embargo, en El Salvador, la falta de acceso de salud ha estado inmersa de en las zonas alejadas, agudizando las desigualdades por zona geográfica; “de las 10 mujeres que murieron en las primeras 48 horas, 7 eran procedentes del área rural”[12], y se logró comprobar que esas muertes pudieron haber sido evitadas, debido a que fueron por demora comunitaria, difícil acceso geográfico y condiciones de traslado complejas por la pandemia ocasionada por el COVID-19. De manera que, las mujeres de las zonas alejadas no solo tienen muy poco acceso a centros de salud para control prenatal, sino que poseen condiciones estructurales que agudizan desigualdades y las arrojan a situaciones de riesgo de su salud.

Por su parte,

las condiciones de traslado bajo estados de emergencia como ha sido en la pandemia por Coronavirus es mayor en las mujeres procedentes de áreas rurales por la determinación social de sus condiciones de vida, como el hacinamiento, ausencia de servicios básicos, baja escolaridad, pobreza y las barreras geográficas, económicas y culturales.[13]

Incongruencia estatal

El Estado salvadoreño posee una incongruencia con su discurso pro vida, con la forma en la que aborda la atención médica a las mujeres embarazadas, poniendo en riesgo viabilidad fetal.

La morbimortalidad [14] infantil representa una de las principales causas de decesos fetales en el país, precisamente porque hay un alto índice de muertes fetales en mujeres con condiciones crónicas de salud, como obesidad, diabetes, hipertensión arterial, que no son atendidas de manera eficaz por el aparato médico correspondiente.  Además, los riesgos biopsicosociales no son tomados en cuenta por la institucionalidad pública para asegurar la viabilidad del feto; las condiciones biopsicosociales son de suma importancia porque determinan el peso fetal al nacer, la edad gestacional, así como el bienestar fetal y materno. El Salvador posee una articulación leve sobre cómo manejar atención temprana a mujeres en su periodo gestacional, y los riesgos aumentan en madres solteras, de bajos ingresos, con condiciones altas de estrés, condiciones de todo tipo violencia[15], por no tener protección estatal que garantice que sus embarazos se desarrollen en condiciones óptimas.

Solo en 2020, se registraron 154 muertes fetales por afectaciones durante el periodo perinatal, 46 por malformaciones congénitas, deformidades y enfermedades cromosómicas, y 4 por infecciones parasitarias e infecciosas; para un total de 206 defunciones fetales. Por su parte, se registró que el 72% de las muertes neonatales (antes de los 28 días de nacido) son por patología prevenibles, así como por afectaciones. [16]

De manera que, la atención médica que brinda el país centroamericano ha estado ligada a un servicio débil. Las mujeres no reciben seguimiento necesario sobre sus embarazados, especialmente en mujeres adolescentes de zonas rurales.

Los derechos sexuales y reproductivos son una faltante en El Salvador, no solo para el acceso a servicios básicos de las mujeres, sino, además, para resguardar el bienestar infantil. Según los discursos pro vida, el feto tiene vida dentro del vientre materno, y por ende, tiene derechos; sin embargo, estos “derechos” son violentados por el mismo Estado, al negar servicios de atención prenatal que garanticen que la gestación se desarrolle en condiciones óptimas.

Estas circunstancias no solo agravan la calidad de vida de las mujeres y sus hijos, sino que, además, las coloca en situaciones vulnerables que aumenten el riesgo de abortos espontáneos y muertes prenatales, para luego sentenciarlas y acusarlas de aborto, o en el peor de los casos, de homicidio calificado.

Por lo tanto, se debe dejar de regular de manera inconsistente a las mujeres que sufren accidentes durante su embarazo, así como aquellas que tienen abortos por complicaciones médicas que ponen en riesgo su propia vida. Estas complicaciones médicas pueden ser evitadas si el Estado se hiciera responsable de promoción integral de salud, así como seguimiento médico básico a las mujeres embarazadas en todas las zonas del país.

Notas


[1] Machuca, E. (12 junio, 2021). Discuten impacto de penalización total del aborto. La prensa gráfica. https://www.laprensagrafica.com/elsalvador/Discuten-impacto-de-penalizacion-total-del-aborto-20210611-0079.html

[2] BBC Mundo. (8 junio, 2021). La historia de Sara Rogel, la joven salvadoreña liberada tras pasar casi una década en prisión por un aborto. https://www.bbc.com/mundo/noticias-57392205

[3] Ibid.

[4] Marianela Mayer. (20 marzo, 2021). El caso Manuela expone las dramáticas consecuencias de la criminalización del aborto. Télam Digital. https://www.telam.com.ar/notas/202103/548105-manuela-criminalizacion-aborto-el-salvador.html

[5] Ibid.

[6] Ibid.

[7] Ibid.

[8] La definición de eclampsia se establece como la aparición de convulsiones tónicoclónicas o coma no relacionado con afecciones cerebrales, con signos y síntomas de hipertensión arterial grave (Rojas-Campos, 2015).

[9] Juan Manuel Beza (enero 2021). Informe de Resultados de enero a diciembre 2020. Ministerio de Salud Dirección Nacional de Hospitales de San Salvador.  https://www.transparencia.gob.sv/institutions/h-maternidad/documents/411136/download.

[10] Organización Mundial de la Salud. (2013). WHO recommendations for Prevention and treatment of pre-eclampsia and eclampsia. http://apps.who.int/iris/bitstream/handle/10665/44703/9789241548335_eng.pdf?sequence=1

[11] Marian Rojas Campos. (2015). Manejo de las convulsiones eclámpticas. Revista médica de Costa Rica y Centroamérica LXX (616) 545-550. https://www.binasss.sa.cr/revistas/rmcc/616/art07.pdf

[12] Beza (2021).

[13] Ibid.

[14] Muerte por enfermedades.

[15] Ibid.

[16] Ibid.