Accionar del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas (noviembre-diciembre 2016)

Accionar del Consejo

En los meses de noviembre y diciembre la agenda del Consejo no mostró variaciones relevantes en cuanto a los temas a discutir. Por el contrario, entre los asuntos más estudiados por los quince miembros de este órgano estuvieron, una vez más, la situación en Oriente Medio, incluida Palestina; Sudán y Sudán del Sur, y la cuestión en Libia. Cabe mencionar que los dos primeros además sobresalen por el número de resoluciones aprobadas (gráfico 1). En conjunto para estos temas se efectuaron veinticuatro sesiones, es decir, un 41% del total, y se adoptaron once resoluciones (41% del total). 

Gráfico 1

Sesiones y resoluciones del Consejo de Seguridad, por tema

Fuente: Elaboración propia con datos de Naciones Unidas, 2016. 

La situación en Oriente Medio, incluida Palestina, fue el tema más visto en el período bajo estudio (catorce sesiones). En esta ocasión, los miembros del Consejo aprobaron seis resoluciones, relativas fundamentalmente a la situación en Siria (cuadro 1). No obstante, se registró el veto por parte de la Federación Rusa y la República Popular China al proyecto de resolución S/2016/1026 presentado por Egipto, España y Nueva Zelandia. Con este proyecto se buscaba condenar los actos de violencia, los ataques y las amenazas contra los heridos y enfermos, el personal sanitario y el personal humanitario, dedicado a misiones médicas, así como a sus medios de transporte y equipo. Además, se exigía la aplicación plena e inmediata del proceso político esbozado en la resolución 2254 (2015), y a ese respecto se reiteraba que la única solución sostenible para la crisis actual en Siria es un proceso político inclusivo.

Cuadro 1

Resumen de las acciones adoptadas por el Consejo en relación a Oriente Medio

 

Resolución

Tema

Asunto

Resumen de la decisión del Consejo

2319 (2016)

Siria

Empleo de armas químicas en Siria

Se renovó el mandato del Mecanismo Conjunto de Investigación, que figura en la resolución 2235, por un período adicional de un año

2328 (2016)

Siria

Situación humanitaria en Alepo

Se exigió a todas las partes involucradas en el conflicto permitir el acceso a las Naciones Unidas y sus asociados, a fin de asegurar la asistencia humanitaria

2330 (2016)

Israel y la República Árabe Siria

Acuerdo sobre la Separación de las Fuerzas de 1974

Se decidió prorrogar el mandato de la FNUOS por un período de seis meses, es decir, hasta el 30 de junio de 2017

2332 (2016)

Siria

Conflicto y transición política en Siria

Se solicitó a las autoridades sirias responder positivamente las solicitudes de entrega de suministros a través de las fronteras

2334 (2016)

Israel-Palestina

Asentamientos por parte de Israel en Palestina

Se exigió a Israel poner fin a todas las actividades de asentamiento en el territorio palestino ocupado, incluida Jerusalén Oriental

2336 (2016)

Siria

Conflicto y transición política en Siria

Se apoyaron las iniciativas de Rusia y Turquía para poner fin a la violencia en Siria e iniciar un proceso político

Un aspecto en el que si se reportó una variación significativa fue en la posición de los Estados Unidos de América (EE.UU.), en relación al establecimiento de asentamientos por parte de Israel en el territorio palestino ocupado desde 1967. Históricamente EE.UU. había “bloqueado” todas las iniciativas tendientes a poner fin a los asentamientos judíos en territorios palestinos, sin embargo, el pasado 25 de diciembre la representación estadounidense ante la Organización de Naciones Unidas se abstuvo de votar la resolución 2334 (2016) con lo que fue posible su aprobación. De esta forma el Consejo exigió a Israel poner fin a todas las actividades de asentamiento en el territorio palestino ocupado, incluida Jerusalén Oriental.

En cuanto a la cuestión en Sudán y Sudán del Sur, ante el deterioro de la crisis el Consejo adoptó tres resoluciones. En la resolución 2318 (2016), se hizo énfasis en la importancia de mantener la cooperación entre los gobiernos de Sudán y Sudán del Sur para lograr la paz, la seguridad y la estabilidad, así como para las futuras relaciones entre ambos Estados. Además, se recalcó que el mandato de protección de los civiles encomendado a la Fuerza Provisional de Seguridad de las Naciones Unidas para Abyei (UNISFA, por su sigla en inglés) incluye adoptar las medidas necesarias para proteger a la población civil que se encuentre bajo amenaza inminente de violencia física.

Por otra parte, mediante la resolución 2326 (2016) se decidió prorrogar el mandato de la Misión de las Naciones Unidas en la República de Sudán del Sur (UNMISS) y autorizar a la UNMISS a utilizar todos los medios necesarios para llevar a cabo sus tareas. Paralelamente se exigió, con la aprobación de la resolución 2327 (2016), que el Gobierno de Transición de Unidad Nacional de Sudán del Sur cumpla las obligaciones establecidas entre el Gobierno de Sudán del Sur y las Naciones Unidas, y deje inmediatamente de obstruir la ejecución del mandato de la UNMISS.

Es importante mencionar que el proyecto de resolución S/2016/1085 presentado por los EE.UU., el cual establecía medidas en relación al suministro, la venta o la transferencia de armas y la inspección de cargas, así como sanciones ante presuntas violaciones o contravenciones de las medidas establecidas en dicho proyecto, no se aprobó.

Por último, en relación a la cuestión en Libia se decidió prorrogar hasta el 15 de septiembre de 2017 el mandato de la Misión de Apoyo de las Naciones Unidas en Libia (UNSMIL, por su sigla en inglés), y se recalcó que, como misión política especial integrada, la UNSML debe: i) apoyar la aplicación del Acuerdo Político Libio; ii) impulsar la consolidación de los planes de gobernanza, seguridad y económicos del Gobierno de Consenso Nacional y iii) acompañar el proceso de transición. Para ello, entre otras cosas, la misión deberá brindar soporte a las instituciones fundamentales de Libia; asistir en la prestación de servicios esenciales y la entrega de ayuda humanitaria; vigilar la situación de los derechos humanos y preparar informes al respecto; contribuir a asegurar los armamentos y materiales conexos no controlados y combatir su proliferación; coordinar la asistencia internacional, y asesorar y ayudar al Gobierno de Consenso Nacional en sus esfuerzos por estabilizar zonas que han salido del conflicto, incluidas la liberadas del Daesh.

En resumen, el Consejo de Seguridad aprobó un total de veintidós resoluciones, siete en noviembre y quince en diciembre, las cuales fueron:

  • S/RES/2315 (2016): La situación en Bosnia y Herzegovina
  • S/RES/2316 (2016): La situación en Somalia
  • S/RES/2317 (2016): La situación en Somalia
  • S/RES/2318 (2016): Informe del Secretario General - Sudán y Sudán del Sur
  • S/RES/2319 (2016): La situación en el Oriente Medio
  • S/RES/2320 (2016): La cooperación entre las Naciones Unidas y las organizaciones regionales y subregionales en el mantenimiento de la paz y la seguridad internacionales
  • S/RES/2321 (2016): No proliferación - República Popular Democrática de Corea
  • S/RES/2322 (2016): Amenazas a la paz y la seguridad internacionales causadas por actos terroristas
  • S/RES/2323 (2016): La situación en Libia
  • S/RES/2324 (2016): Homenaje a Secretario General Ban Ki-moon
  • S/RES/2325 (2016): No proliferación de armas de destrucción en masa
  • S/RES/2326 (2016): Informe del Secretario General - Sudán y Sudán del Sur
  • S/RES/2327 (2016): Informe del Secretario General - Sudán y Sudán del Sur
  • S/RES/2328 (2016): La situación en el Oriente Medio
  • S/RES/2329 (2016): Tribunal internacional - Yugoslavia
  • S/RES/2330 (2016): La situación en el Oriente Medio
  • S/RES/2331 (2016): Mantenimiento de la paz y la seguridad internacionales
  • S/RES/2332 (2016): La situación en el Oriente Medio
  • S/RES/2333 (2016): La situación en Liberia
  • S/RES/2334 (2016): La situación en el Oriente Medio incluida la cuestión Palestina
  • S/RES/2335 (2016): La situación relativa al Iraq
  • S/RES/2336 (2016): La situación en el Oriente Medio                    

En esta ocasión el Consejo adoptó cinco declaraciones de la Presidencia:

  • S/PRST/2016/15: La situación en el Medio Oriente
  • S/PRST/2016/16: La situación en Malí
  • S/PRST/2016/17: La situación en República Centroafricana
  • S/PRST/2016/18: La República Democrática del Congo
  • S/PRST/2016/19: Consolidación de la paz en África Occidental

En cuanto al tipo de sesión, un 45% fueron informativas, un 38% de adopción, un 12% de debate y un 5% privadas. En lo que concierne a la adopción de medidas, en el 45% de las reuniones no se tomaron acciones de ningún tipo (cuadro 2). Es decir, no se presentaron proyectos de resolución ni declaraciones por parte de la presidencia. 

Cuadro 2

Tipo de sesión y productos, noviembre-diciembre, 2016

 

Tipo de Sesión

Noviembre

Diciembre

Producto

Noviembre

Diciembre

Adopción

7

15

Comunicado

1

2

Debate

4

3

Declaración

3

2

Información

12

14

Resolución

7

15

Privada

1

2

Sin acción

13

13

Fuente: Elaboración propia con datos del Consejo de Seguridad, 2016.

Principales temas de debate

En esta sección se presenta una síntesis de las intervenciones, tanto de los cinco miembros permanentes del Consejo, como de los dos países latinoamericanos que integran este órgano como miembros no permanentes (Uruguay y Venezuela) en representación del Grupo de América Latina y el Caribe (GRULAC), en dos de los temas que fueron motivo de debate.

La situación en Bosnia y Herzogovina

Los miembros permanentes del Consejo reconocieron los avances de Bosnia y Herzegovina en materia de reconciliación nacional, promoción del desarrollo económico y fortalecimiento del estado de derecho. Así como el progreso en la revisión del sector de la defensa y la labor continua de EUFOR ALTHEA y de la OTAN. Al mismo tiempo se mostraron preocupados ante la agitación política y la persistencia de la retórica divisoria que se vio de forma más patente en la decisión de las autoridades de la República Srpska de celebrar un referendo en septiembre, violando claramente la sentencia del Tribunal Constitucional. Por consiguiente, exhortaron a los dirigentes políticos de toda condición y a todas las partes a que se abstengan de utilizar un discurso nacionalista divisorio. En tal sentido, reconocieron que la comunidad internacional debe adoptar un enfoque equilibrado y prudente, y prestar atención y hacerse cargo de las opiniones y preocupaciones de todas las partes implicadas. Además, manifestaron que más de 20 años después de su firma, los Acuerdos de Dayton y de París siguen siendo la clave de la estabilidad institucional.

Cabe mencionar que las autoridades rusas, pese a votar favorablemente la resolución 2315 (2016), lamentaron que el Alto Representante para Bosnia y Herzegovina, Sr. Valentin Inzko, no evaluará de manera objetiva lo que está sucediendo en el país ni alentará el diálogo entre las partes bosnias y la confianza entre los grupos étnicos. Tampoco estuvieron de acuerdo con la interpretación del Alto Representante sobre el referendo celebrado en la República Srpska el 25 de septiembre, pues consideran que “un plebiscito organizado dentro del mandato constitucional de la República Srpska no supone en absoluto una amenaza para la integridad territorial y la soberanía de Bosnia y Herzegovina”.

Por su parte, Venezuela y Uruguay reafirmaron que el respeto a las instituciones y la legalidad es la clave para alcanzar la estabilidad en Bosnia y Herzegovina. En este contexto, asignaron el máximo valor al estado de derecho y a la autoridad de las instituciones emanadas del Acuerdo Marco General de Paz en Bosnia y Herzegovina. En tal sentido, manifestaron que es fundamental mantener el compromiso con el pleno cumplimiento de los Acuerdos de Dayton de 1995, por lo cual instaron a todas las partes, incluida la comunidad internacional, a apoyar los diversos esfuerzos que se realicen en la promoción de la paz y la estabilidad, que, por otra parte, influyen en la estabilidad en toda la región. Además, hicieron un llamado especial a los actores políticos a actuar con responsabilidad y a participar en un diálogo constructivo que les permita superar las discrepancias y enfocarse en la reconciliación nacional y el logro de objetivos.

No proliferación de armas de destrucción en masa

En el debate celebrado por el Consejo de Seguridad en relación a la No proliferación de armas de destrucción en masa, los Estados reconocieron que si bien en los últimos años se han promulgado nuevas leyes, introducido controles más estrictos de las exportaciones, y mejorado la seguridad de los materiales peligrosos, al tiempo que los Estados han presentado informes sobre las medidas que han adoptado en virtud de la resolución 1540 (2004), también son muchos los desafíos para garantizar la plena aplicación de esa resolución.

En este contexto, se aprobó por unanimidad la resolución 2325 (2016), en la que se definió la hoja de ruta para la labor futura de los Estados, el Comité 1540 y otros agentes pertinentes para el período que se extiende hasta 2021. En tal sentido, destacaron como un aspecto innovador de la resolución el llamado que se hace a los Estados y al Comité para que examinen la evolución de los riesgos de proliferación de las armas de destrucción en masa, así como el rápido desarrollo de la ciencia, la tecnología y el comercio internacional, que pueden ser utilizados por agentes no estatales para la proliferación.

Paralelamente, los Estados señalaron su anuencia a seguir estudiando posibles métodos más activos y dinámicos de trabajo para lograr los objetivos establecidos por el Comité 1540. Para ello, reconocieron, es fundamental: i) abordar tanto los síntomas como las causas profundas para erradicar el problema de la proliferación; ii) valorar los mecanismos multilaterales y consolidar y ampliar el régimen internacional de no proliferación, iii) equilibrar la seguridad y el desarrollo para impulsar una solución a los problemas de no proliferación y iv) fortalecer la cooperación internacional a fin de crear sinergias para hacer frente a los nuevos desafíos.

Tanto la República Bolivariana de Venezuela como el Uruguay –en su calidad de representantes de América Latina y el Caribe- reconocieron que el trabajo del Comité 1540 (2004) solo podrá ser efectivo en la medida en que contribuya a desarrollar y fortalecer las capacidades de todos los Estados y no de solo unos pocos privilegiados, además de consolidar los mecanismos de interacción y cooperación con organismos regionales y subregionales. En consecuencia, la asistencia, tanto técnica como financiera, a solicitud de los Estados, es el principal pilar de la resolución 1540 (2004).

Por otra parte, hicieron énfasis en que “la acción colectiva prudente a través de instrumentos multilaterales es la mejor garantía para hacer frente a este flagelo” y señalaron que “cuando se adopten medidas de prevención contra el uso o la amenaza de uso de las armas de destrucción en masa, es obligación de los miembros respetar escrupulosamente sus compromisos bajo el derecho internacional y bajo las disposiciones de la Carta de las Naciones Unidas”.

Referencias

Consejo de Seguridad. 2016. Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas. Sitio oficial, en http://www.un.org/es/sc/. Washington: Organización de las Naciones Unidas.

ONU. 2016. Organización de las Naciones Unidas. Sitio oficial, en http://www.un.org/spanish/terrorism/index.shtml. Washington: Organización de las Naciones Unidas.